|
Carta de Cuba, la escritura de la libertad |
|
|
Lecciones de Irak: (I) La 'Santidad de los Contratos firmados por Gobiernos" por: Alberto Luzárraga.
Por formación profesional estoy de acuerdo con que los contratos deben respetarse y cumplirse. Pero hay diferentes contratos y circunstancias que hacen que la frase no sea máxima absoluta. Y eso vamos a analizar utilizando el caso de Irak que es fuente de importantes lecciones para los cubanos. Terminada la guerra se debate si los contratos firmados por el régimen tiránico de Hussein son o no son válidos y obligatorios para el gobierno sucesor. Este mismo tema va a tener que ser considerado a fondo por el futuro gobierno de una Cuba libre. Según el 'Center for Strategic and International Studies', ( http://www.csis.org/isp/wiserpeace_I.pdff) existen deudas Iraquís por $127 billones, en buena parte para compra de armas, y contratos pendientes por $57 billones. Rusia y Francia tienen buena parte de ambos conceptos incluyendo contratos para desarrollo y explotación petrolera. Y además Irak puede deber casi $200 billones por concepto de indemnizaciones de guerra reconocidas o posibles. Buena parte nunca serán pagadas porque $20 billones al año de exportaciones petroleras no dan para mantener 24 millones de personas y hacer esos pagos. Cuba no tiene esa magnitud de deudas en números gruesos, pero debe casi $12 billones al mundo occidental y por lo menos $20 billones a Rusia, en buena parte proveniente de compras de armas. Y además ha firmado contratos de co-inversión para explotación turística (es nuestro petróleo) en condiciones de verdadero abuso para el trabajador cubano. En concepto de indemnizaciones, los Estados Unidos han certificado 1 billón de dólares por propiedades confiscadas a empresas americanas hace 44 años. Hoy con intereses al 6% esa suma alcanzaría 10 billones. Lo debido a todos los afectados por confiscaciones, que sepamos, no ha sido calculado con precisión no sólo por la dificultad de asignar valores sino tal vez por la certeza de que será de imposible pagarlo. Cuarenta billones más indemnizaciones es suma impensable para 11 millones de cubanos empobrecidos y sin el recurso petrolero. Ambos son países altamente endeudados y empobrecidos por la casta gobernante. Ambos enfrentan obligaciones parcialmente indeterminadas por concepto de indemnización. En el caso cubano ni los Estados Unidos ni los exiliados harán de esta cuestión tema de imposible solución. Quieren que Cuba prospere. Pero hay otros interesados con miras puramente comerciales que pretenden pago y sería irónico que la generosidad de unos premiase la falta de ética o prudencia de otros. Y aquí viene el argumento que será esgrimido por dichos terceros. Bajo la teoría tradicional de la contratación entre estados, supuestamente los estados perduran, asumen las obligaciones de los malos gobiernos, y los pueblos las pagan. De lo contrario se alega que se daría al traste con la seguridad jurídica indispensable para el desarrollo comercial porque supuestamente los extranjeros no deben ser jueces del comportamiento interno. Contratan con quien detente el poder. Pero decimos: Un momento, los vendedores no son menores de edad. Saben con quien contratan y en muchas ocasiones se avienen a exigencias de dinero por gobernantes corruptos, conceden créditos por motivos de política interna de ellos mismos, y lo hacen a países notoriamente insolventes, a menudo venden con precios exagerados, condiciones abusivas y objetivos contrarios a los intereses de la nación receptora. Ejemplo: ¿De qué le sirvió a Cuba gastar grandes sumas para convertirse en una mini potencia militar? Para que exista una obligación válida que afecte a una nación tiene que haber representación válida de esa nación o por lo menos contratar algo que beneficie a la comunidad. Y aquí es donde hay que considerar las características del mandato que tiene un gobierno, de su desempeño y del objeto de los créditos que contrata. Un gobierno, sea cual fuere su origen, debe gobernar en beneficio de la colectividad. Cuando su origen es legítimo, o sea por el consentimiento de los gobernados a través de una elección, hay cierta razón en decir que los errores los debe pagar el pueblo porque erró en la elección de sus gobernantes. Cuando un gobierno no es transparente y democráticamente electo pero gobierna en beneficio de la colectividad, y honestamente contrata bienes o servicios útiles a dicha colectividad, (ejemplo una central eléctrica) entonces puede reconocerse la legitimidad de esa deuda porque de lo contrario habría un enriquecimiento injusto a favor de esa nación y en contra del vendedor. Pero cuando un gobierno de facto degenera en pandilla aferrada a mantenerse en el poder a toda costa y por décadas hace caso omiso de la nación, (caso de Irak y de Cuba) las cosas se complican porque hay demasiadas evidencias de que se contrata no con un gobierno sino con una pandilla que sólo se representa a sí misma y que la mayor parte el tiempo sólo busca su propio beneficio. Mantener el principio de la santidad de todos los contratos frente a evidencias espeluznantes de asesinato, tortura, robo, discriminación y abusos contra la nación perpetrados por el gobierno contratante, va contra la razón. Especialmente cuando el objeto del contrato es fortalecer a la pandilla y su usurpación del poder con armamentos o con estructuras comerciales diseñadas especialmente para mantenerlos en ese disfrute abusivo y explotador. Cargar esas deudas y obligaciones sobre las generaciones futuras es asegurar la inestabilidad social. No obstante hay quien clama parcial o totalmente por esa solución en el caso de Irak. Y no son sólo los acreedores. Hay quienes, aún en este país y en aras de las llamadas "buenas relaciones internacionales", están dispuestos a reconocer toda clase de depredaciones comerciales. Para los cubanos el asunto está clarísimo, pero para algunos sectores del mundo financiero internacional el tema es preocupante pues se temen las consecuencias. Se preguntan: ¿Qué pasaría si esa teoría de repudio de las deudas de tiranías execrables se extiende? ¿Y quién, se preguntan además, traza la línea divisoria entre los regímenes dictatoriales y los que además son execrables? Hay que proveer una solución moralmente sana, jurídicamente defendible, y aún comercialmente razonable pues no es sensato declararle la guerra al mundo. La conclusión en el caso cubano es ésta: Todos los contratos no nacieron iguales. Los hay que tienen una causa viciada de origen y no pueden ser reconocidos como válidos, porque son producto de una estructura discriminadora diseñada para la rapiña del salario y el control de la población. Ejemplo clásico: el sistema de co-inversión con sustracción del salario del trabajador cubano que percibe el 5% de lo pagado. (Ver en la red: (http://www.futurodecuba.org/default.htm o directo CUBA NULIDAD) Los hay que crearon enormes deudas en contra del interés esencial de la nación y esas no pueden ser asumidas por las generaciones venideras porque sería un suicidio social. Ejemplos: Las contraídas con Rusia por armamentos para lanzarnos en aventuras militares 'internacionalistas' en las que no teníamos que mezclarnos. Los costos y deudas provenientes de los intentos de integración en el absurdo sistema de la economía soviética que nos relegó a simple proveedor azucarero sujeto a un monocultivo destructivo que en definitiva terminó con la ruina de esa misma industria. Son deudas contraídas para apoyar el sistema del marxismo internacional y no para desarrollar el país. Rusia, que nunca pagó la deuda zarista mal puede pretender cobrarle a Cuba los créditos del difunto sistema soviético. Y hay en fin contratos y deudas en que tal vez pueda probarse que el objeto y el bien contratado fueron útiles a la nación, (equipos médicos por ejemplo) que el precio y las condiciones fueron justos y que no hubo corrupción. Esas deudas podrían ser reconocidas. En resumen las deudas castristas tienen que ser revisadas en función de su origen, condiciones y propósito. Después de la guerra hispano/cubano/americana los Estados Unidos aplicaron la doctrina de las 'deudas odiosas' y no se pagaron las deudas con las que España había gravado a Cuba para pagar los gastos de guerra. Esa la doctrina dice lo que apuntábamos antes: los oprimidos no deben pagar los gastos en que incurrió el opresor para mantener esa situación. El monto de lo que pueda pagar Cuba de aquéllas deudas que reconozca es otro asunto porque al fin y al cabo es país quebrado a quien se extendió crédito imprudentemente. Sin embargo la reestructuración de esas deudas y cuales rebajas proceden es un segundo paso y es tema para otro momento.
|